Datos a tener en cuenta sobre aptitud y descalificación de deportistas de competición en relación con arritmias y defectos de la conducción. En esta segunda entrega nos referiremos a arritmias ventriculares, síncope y dispositivos.
Los deportistas pueden presentar un amplio abanico de trastornos de la frecuencia y del ritmo que, si bien se pueden observar también en la población general, requieren un alto nivel de atención por las circunstancias especiales en las que se desencadenan.
Se trata de un tema extenso y generalmente con bajo nivel de evidencia, por lo que estas recomendaciones deben ser tratadas como un apoyo y no como un dogma, debiendo individualizar cada caso y recomendando la valoración de un experto ante situaciones controvertidas. En este artículo comentamos las principales recomendaciones del las Guías AHA/ACC 2015 para la práctica de deporte de competición al respecto (Task Force 9), que por primera vez aparecen separadas de la valoración de las canalopatías cardiacas.
Arritmias ventriculares
- En general, la aparición de cualquier arritmia ventricular requiere ser evaluada antes de permitir la realización de cualquier actividad deportiva competitiva al menos con ECG, ecocardiografía y ergometría en la mayoría de casos (con objetivo de llegar a la FC máxima para reproducir en la medida de lo posible el nivel de esfuerzo durante la competición) (I, C), pudiéndose valorar la realización de otras pruebas como holter-ECG, resonancia magnética cardiaca o EEF dependiendo de la situación.
- Los deportistas con extrasistolia ventricular (EV) aislada o dobletes ventriculares sin evidencia de cardiopatía ni progresión a formas más complejas durante la ergometría no presentan restricciones para la práctica de deportes de competición (I, C). Sin embargo, en aquellos que aumenta su frecuencia, complejidad o presentan síntomas relacionados con el esfuerzo, deben ser evaluados más a fondo; restringiéndose los deportes de competición a los de intensidad inferior a la de aparición de síntomas (I, C). En estos pacientes se puede considerar la ablación si el tratamiento farmacológico no fuera efectivo (IIb, C).
- En caso de taquicardia ventricular no sostenida (TVNS) sin evidencia de enfermedad genética/molecular, inflamatoria y corazón estructuralmente sin alteraciones; no existe contraindicación para deporte de competición a cualquier nivel si los episodios de TVNS se suprimen durante el esfuerzo (I, C). En caso de TVNS suprimida farmacológicamente, especialmente mediante β-bloqueantes, se debe demostrar la supresión tanto en reposo como en ergometría o EEF antes de participar en deportes de competición con una clasificación superior a IA (I, C).
- Los deportistas con episodios de taquicardia ventricular monomorfa sostenida (TVMS) deben permanecer libres de episodios, tanto espontáneos como inducidos por ejercicio o EEF, al menos 3 meses tras realización de procedimiento de ablación o inicio de tratamiento farmacológico antes de poder participar en deportes de competición con una clasificación superior a IA, posteriormente no existen restricciones (I, C).
- En aquellos deportistas con cardiopatía estructural y episodios de TV está contraindicada la participación en deportes de competición con una clasificación superior a IA (III, C). En el caso de miocarditis la restricción es temporal, pudiéndose reanudar la actividad competitiva no antes de 3 meses tras resolución clínica y analítica del cuadro (I, C).
Síncope
- Los deportistas que han sufrido un síncope inducido por el ejercicio deben restringir cualquier deporte de competición hasta completar el estudio (I, B), que se debe centrar en descartar la presencia de cardiopatía estructural o eléctrica que pueda predisponer a recurrencia del síncope o MS.
- En caso de síncopes de origen neuromediado no existe restricción de participación en deportes de competición una vez se hayan mostrado efectivas las medidas de prevención del mismo (I, C). Sin embargo en aquellos deportistas con síncope de origen inexplicado, pese a estudio que descarte enfermedad estructural o eléctrica, no se recomienda la participación en deportes en los cuales una pérdida de consciencia pueda peligrosa (III, C).
Dispositivos
- Las indicaciones de implante de marcapasos (MP) o desfibriladores implantables (DAI) en deportistas no difieren de las de la población general (I, C); no siendo en ningún caso el deseo de deportista de continuar con su práctica deportiva la indicación primaria de uso de DAI (III, C).
- En general los individuos portadores de MP no presentan restricciones para la práctica deportiva de competición (I, C), excepto deportes con riesgo de colisión en aquellos dependientes de MP. En los no dependientes está permitido la participación en estos deportes siempre que el deportista entienda y acepte el riesgo de daño del dispositivo, considerando llevar equipo de protección (I, C).
- Los deportistas portadores de DAI pueden participar en deportes de las clasificación IA tras 3 meses libres de eventos arrítmicos (IIa, C). La participación en deportes de mayor intensidad debe ser individualizada teniendo en cuenta el motivo del implante y las preferencias del deportista, siempre conociendo el aumento del riesgo de choques apropiados o inapropiados así como de daño del dispositivo (IIb, C).
Referencia
- Douglas P. Zipes, Mark S. Link, Michael J. Ackerman, Richard J. Kovacs, Robert J. Myerburg, N.A. Mark Estes III.
- J Am Coll Cardiol. 2015;66(21): 2412-23.